miércoles, 21 de noviembre de 2012

Sobre la negociación del convenio colectivo




Tras la última modificación de la reforma laboral, una vez que se denuncia el convenio por cualquiera de las dos partes (empresa o representates de los trabajadores) se tiene como máximo 1 año para negociar. Así aparece recogido en el estatuto de los trabajadores.
  • Título III, sección 1ª, artículo 86 (pág 177)
Podéis ver y descargar el estatuto en nuestro apartado de descargas de documentos (pinchad donde pone estatuto parte 2).

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